La reciente Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de Europa, conocida como DAC7, impone la obligación de la comunicación de información sobre los vendedores a las autoridades fiscales del Estado por parte de los operadores de plataformas.
Se aprueba por tanto el Mod.238 “Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas”.
Esto supone que, las operaciones de venta realizadas en las distintas plataformas por parte de los contribuyentes, en especial, las que excedan en más de 30 operaciones o un importe de 2.000€, serán comunicadas a la Agencia Tributaria con el objetivo de controlar que esas ventas realizadas en el ejercicio 2024 se declaren en la Renta que se realiza ahora en 2025.
Por lo que, todos los particulares no profesionales que realicen venta de artículos de segunda mano en plataformas como Wallapop, Vinted, Milanuncios, etc.; ¿Tienen que declararlo?
Pues bien, únicamente tendrán que declarar las ventas los particulares que vendan artículos de segunda mano dependiendo de si han obtenido ganancia o pérdida patrimonial, es decir, si el precio de adquisición es inferior al de venta y obtienes ganancia patrimonial, tendrías que declararlo en IRPF, y viceversa, si el precio de adquisición es superior al precio de venta, no habría que declararlo en IRPF, ya que las pérdidas patrimoniales derivadas del consumo no se computarán como tal en la declaración de la Renta según el artículo 33.5.b de la LIRPF.
Desde el departamento fiscal-contable de Eurogestión le ayudamos a realizar su IRPF, así como una solicitud de rectificación de su declaración de la Renta si fuera necesario y a tener en cuenta todos y cada uno de los detalles para que se haga de forma adecuada y de la manera más favorable para los clientes dentro de la legalidad.