En los últimos tres años las transacciones de bienes usados han aumentado un 88% en España.
Las ventas entre particulares están exentas de IVA, pero, en el caso de que exista ganancia patrimonial tendrán que pagar la plusvalía del IRPF.
Hasta hace apenas un año la Agencia Tributaria no disponía de información sobre las operaciones que gestionan las plataformas de ecommerce, por lo que las operaciones entre particulares se hacían “a espaldas” de la AEAT.
En enero de 2023 la UE aprobó la “Directiva DAC7”, que a través del Real Decreto 117/2024 fue traspuesta a la legislación española doce meses más tarde. La norma obliga a las plataformas de ecommerce a proporcional la información verificada y actualizada a la Agencia Tributaria de los particulares que tengan un beneficio igual o superior a los 2.000 euros o realicen más de 30 operaciones en un año.
El objetivo es detectar a las personas que han convertido en un oficio el vender productos usados online. Por lo que una persona que, por ejemplo, haya vendido una bici en 3.500 euros y le costó 3.000 euros, los 500 euros restantes son una ganancia patrimonial que tributa en IRPF al 19% y la plataforma informará a la AEAT.
Las cartas de aviso y sanciones por incumplimiento podrían empezar a llegar este final de agosto y sobre todo a partir de septiembre. Es el primer año que se va aplicar en España esta directiva europea.
Si eres uno de los afectados por esta nueva norma y necesitas ayuda para hacer frente a este problema, desde el departamento fiscal de Eurogestión le ayudamos a solucionarlo.