Desde el Departamento Laboral de Asesoramiento Empresarial Eurogestión les informamos que desde el pasado 13 de marzo de 2023 entró en vigor en nuestro país la Ley de protección al denunciante, la cual obliga a las empresas a tener un canal de denuncias interno.
Obliga a las personas tanto jurídicas como físicas con 50 personas o más en plantilla a establecer el llamado “SISTEMA INTERNO DE INFORMACIÓN”, lo cual es un canal de denuncias anónimo interno en la empresa.
En el canal se podrán realizar comunicaciones tanto por escrito como verbalmente, además también se podrán presentar mediante reuniones presenciales dentro del plazo de 7 días.
Plazo de implantación del canal de denuncias:
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- Para Administraciones Públicas, organismos, empresas…el plazo máximo es de tres meses a partir de la entrada en vigor.
- Como excepción las personas jurídicas del sector privado con 249 trabajadores o menos, así como municipios de menos de diez mil habitantes, el plazo previsto es hasta el 1 de diciembre de 2023.
Todos los sujetos obligados a tener el canal de denuncias tendrán que llevar un registro de las informaciones recibidas y de las investigaciones internas.
Las empresas y organizaciones podrán ser sancionadas por el incumplimiento de la ley o represalias contra los denunciantes con multas que se prevén que serán:
Si son personas jurídicas: hasta 100.000 euros si son infracciones leves, entre 100.001 hasta 600.000 euros en caso de infracciones graves y desde 600.001 hasta el millón de euros en caso de muy graves.
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- En caso de Infracciones muy graves se podrá acordar: Amonestación pública, prohibición de obtener subvenciones o beneficios fiscales durante un plazo máximo de 4 años y la prohibición de contratar con el sector público durante un plazo máximo de tres años.
Si estás obligado a implantar el canal de denuncias o quieres concretar más información, contacta con nuestro departamento Laboral de Eurogestión y nuestros profesionales en la materia le atenderán y guiarán a realizar el proceso de manera correcta.