La nueva ley de vivienda aplicable desde el 26 de mayo de 2023 permite en las zonas tensionadas rebajar de diez a cinco viviendas la definición de gran tenedor, además los desahucios no podrán llevarse a cabo sin fijar una fecha y hora predeterminada y se dificultan para personas en situación de vulnerabilidad económica.

Las medidas relacionadas al control de precios en zonas tensionadas, no se pondrán poner en práctica hasta dentro de unos meses, regulan el precio de los alquileres, se elimina el IPC (índice de precios al consumo) como referencia para actualizar las rentas y los contratos que se renueven a partir de 2024 no podrán superar el 3% de subida cuando el propietario sea un gran tenedor (titular con más de 10 inmuebles o más de 1500 metros cuadrados, sin contar trasteros y garajes) o no se llegue a un acuerdo entre el arrendador y arrendatario. Además, se prohíbe a los propietarios que repercutan a los inquilinos gastos como la comunidad, honorarios de inmobiliarias, tasas de basura, etc.

Dependiendo de la comunidad autónoma en la que se encuentre se aplicará o no la ley dentro de las competencias que correspondan.

Esta nueva ley trae consigo ciertos beneficios fiscales en el IRPF a los pequeños propietarios que alquilen sus casas en zonas tensionadas, se podrán aplicar una reducción del 90% cuando se reduzca la renta en un 5% del total del anterior contrato, 70% si el alquiler es a jóvenes entre 18 y 35 años o se destina a alquiler social con un precio inferior al de mercado y una bonificación del 60% si la vivienda ha sido rehabilitada en los dos años anteriores.

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