Reconocida la gran invalidez sobrevenida por agravamiento
El TSJ de Murcia reconoce la gran invalidez sobrevenida y un complemento del 50 % de la pensión
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha reconocido la gran invalidez sobrevenida a una funcionaria jubilada por incapacidad permanente. La prueba médica aportada en el proceso desvirtuó la valoración inicial del EVI.
Lo esencial del fallo
La Sala concluye que la funcionaria necesita ayuda de terceras personas para las actividades básicas de la vida diaria. Por ello, le corresponde un complemento del 50 % de su pensión.
El origen: una enfermedad que se agrava tras la jubilación
La funcionaria había sido jubilada por incapacidad permanente en diciembre de 2019. En mayo de 2023 solicitó a MUFACE el reconocimiento de la gran invalidez sobrevenida.
El EVI constató que padecía «esclerosis múltiple en progresión», con «necesidad de uso de silla de ruedas para desplazamiento». Concluyó, sin embargo, que no necesitaba ayuda para los actos más esenciales.
Por qué se impuso la prueba judicial
Durante el proceso se aportó una pericial que describía una afectación neurológica severa. Constató pérdida total de la marcha y dependencia casi completa para las actividades diarias.
La Sala recordó que los dictámenes médicos administrativos gozan de una presunción de legalidad. Esa presunción, precisó, es «destruible, por prueba en contrario» cuando existen informes que la desmientan.
El respaldo normativo de la gran invalidez sobrevenida
El Reglamento General del Mutualismo Administrativo contempla expresamente los casos de gran invalidez sobrevenida tras la jubilación por incapacidad permanente. Permite así revisar la situación cuando concurran los requisitos legales.
La legislación define la gran invalidez como la necesidad de asistencia de otra persona para actos elementales, como vestirse o desplazarse.
Qué sigue tras la gran invalidez sobrevenida
La sentencia es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Deberá presentar, para ello, un interés casacional objetivo que justifique su admisión.
Mientras tanto, queda reconocida la gran invalidez sobrevenida de la funcionaria, con las consecuencias económicas que ello conlleva.