El Supremo fija doctrina sobre el principio de proporcionalidad
El Supremo extiende el principio de proporcionalidad, pero confirma un reintegro de subvenciones
El Tribunal Supremo fija doctrina sobre el principio de proporcionalidad en el reintegro de subvenciones. Aun así, desestima el recurso de la fundación afectada por este caso concreto.
Las claves del principio de proporcionalidad en este caso
Una fundación asturiana recibió una subvención para formación en el sector del metal, con pagos que se realizaron fuera de plazo. La Administración exigió el reintegro parcial correspondiente a esos gastos.
El Supremo declara que el principio de proporcionalidad rige también en incumplimientos formales, no solo sustantivos. Pero confirma que, en este caso, el incumplimiento era sustantivo y el reintegro estaba justificado.
Origen del litigio
Una fundación dedicada a la formación y el empleo en el sector del metal en Asturias recibió una subvención. Estaba destinada a acciones de formación para trabajadores desempleados, entre 2017 y 2018.
La Administración autonómica detectó pagos realizados fuera del plazo establecido. Exigió el reintegro parcial correspondiente a esos gastos, tras desestimarse el recurso en las dos instancias anteriores.
La clave doctrinal: el principio de proporcionalidad también rige en lo formal
El Tribunal Supremo explica que el principio de proporcionalidad es un principio general del derecho, vinculado a la interdicción de la arbitrariedad. En subvenciones, se aplica cuando el incumplimiento admite graduación.
Concluye que no existen razones para excluirlo cuando el incumplimiento afecta a requisitos formales. Corrige así el criterio restrictivo de la sentencia de instancia.
La clave del caso: por qué pierde la fundación pese a la doctrina
El Tribunal constata que el incumplimiento realmente apreciado no fue formal, sino sustantivo. Los pagos se realizaron efectivamente fuera del plazo establecido, un dato ya fijado en instancia.
El principio de proporcionalidad ya había sido aplicado correctamente por la Administración. Esta no reclamó el reintegro de la totalidad, sino solo el de los gastos fuera de plazo.
Fallo del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación en cuanto a la doctrina jurisprudencial. Casa la sentencia recurrida, pero desestima el recurso contencioso-administrativo.
No impone costas en ninguna instancia, por apreciar serias dudas de derecho.