El proyecto de la nueva ley del tabaco recupera el Observatorio del Tabaquismo
La nueva ley del tabaco no solo amplía los espacios sin humo, sino que también refuerza drásticamente las restricciones a la publicidad y recupera un organismo de vigilancia suprimido hace más de una década: el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo.
Publicidad, promoción y patrocinio
La ley del tabaco refuerza las restricciones a la publicidad, promoción y patrocinio del tabaco, de los dispositivos para su consumo y de los productos relacionados. Estas restricciones se aplicarán en todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras, internet y cualquier forma de promoción directa o indirecta.
También limita la promoción en los puntos de venta y, en medios de comunicación y contenidos audiovisuales, no se podrán emitir programas, vídeos o imágenes en los que presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando o mostrando productos del tabaco. El texto modifica además la Ley General de Comunicación Audiovisual para extender esta prohibición a los productos relacionados.
La recuperación del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo
La norma recupera el Observatorio para la Prevención del Tabaquismo, suprimido en 2014. Entre sus funciones estarán proponer iniciativas, programas y actividades para cumplir los objetivos de la ley; establecer objetivos de reducción de la prevalencia del tabaquismo; elaborar informes periódicos sobre la situación y aplicación de la norma; y favorecer la coordinación entre las autoridades competentes.
La actualización normativa más relevante en una década
La reforma supone la actualización más relevante de la normativa estatal frente al tabaquismo desde hace más de una década, modificando la Ley 28/2005, de medidas sanitarias frente al tabaquismo, y respondiendo al auge de nuevos productos relacionados con el tabaco.
Ampliación de los espacios en los que estará prohibido fumar
La ley del tabaco incorpora las terrazas de bares y restaurantes, las playas, las piscinas de uso colectivo, las instalaciones deportivas, los parques nacionales y los recintos de espectáculos públicos, además de zonas de protección reforzada de 15 metros alrededor de espacios sensibles.
Protección de las personas menores de edad
Otra de las novedades es la prohibición expresa del consumo de productos del tabaco por parte de personas menores de 18 años, que hasta ahora no recogía de forma específica la normativa vigente.
Entrada en vigor y plazos de adaptación
La ley del tabaco entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con un plazo de dos meses para adaptar la señalización en los espacios donde exista prohibición de consumo.